Luego de un par de meses de negociaciones hemos llegado a un acuerdo y finalmente adquirimos un lote en uno de los barrios más tradicionales de la Ciudad de La Plata, Meridiano V.
Al sur del casco urbano platense, Meridiano V nació junto con la estación cabecera del Ferrocarril Provincial, que funcionó como tal entre 1910 y 1977.
El “Provincial al Meridiano V” terminó por darle su nombre a una populosa y activa barriada que conoció su mayor auge entre los años 1935 y 1960, tiempos en que corría un tren cada 55 minutos. Por entonces, los turistas se alojaban en el importante hotel que estaba ubicado en la esquina de 71 y 18, y el extenso centro comercial que se había formado sobre la avenida 71 era la gran puerta por la que ingresaban a La Plata.
En el año 1998, los vecinos recuperaron el edificio de la Terminal, otorgándole un nuevo destino como Centro Cultural; cada fin de semana, la música, el teatro y diversas actividades vuelven a dar vida a un barrio en el que el empedrado de las calles, los bares instalados en casonas recicladas, el imponente arbolado y las farolas antiguas protegen un aire de otro tiempo.
En este barrio, en la esquina de 17 y 66, desarrollaremos Edificio 17|66, un moderno emprendimiento que contará con 4 locales comerciales, cocheras y 14 departamentos (de los cuales ya comercializamos 3 a distintos inversores), además de otros detalles de categoría como ser una terraza con solarium, jacuzzi y parrilla.
En las próximas entradas les estaré entregando más información, como ser detalles constructivos, imágenes, planos, etc.
31 de enero de 2009
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12 de enero de 2009
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Blanqueo
La AFIP incluiría a los Bienes Inmuebles
El Gobierno ha adoptado acciones concretas para atraer y retener dólares en el país (blanqueo de capitales, monitoreo de ahorristas con cuentas abultadas o que compran dólares, abren cajas de seguridad, etc.); pero tanto las grandes empresas, como los pequeños ahorristas, han sacado dólares en el sistema, a un ritmo más acelerado que en la recordada época del 2001.
Más allá de las implicancias políticas y sociales (posible ingreso de fondos provenientes del narcotráfico), lo cierto es que la nueva ley de blanqueo (26.476) que resta reglamentarse, incluirá a los bienes inmuebles no declarados. La nueva ley permitirá normalizar la situación tributaria respecto a la tenencia de moneda nacional o extranjera, divisas y demás bienes en nuestro país o en el exterior.
Cómo blanquear
Habrá que declarar los $ en bancos, financieras (y otras comprendidas por la ley) dentro de los 90 días. En el mismo plazo se deberá realizar la transferencia a la entidad financiera, donde los fondos deberán permanecer al menos 2 años, salvo que se destinen a inversiones nacionales.
Beneficios impositivos
Los que ‘exterioricen’ no estarán obligados a declarar la fecha de compra de los bienes. Tampoco estarán sujetos al tratamiento que la ley otorga a los incrementos patrimoniales no justificados.Con la nueva ley quedarán liberados de toda acción civil, penal, administrativa y profesional que pudiere corresponder a los responsables; y quedan eximidos del pago de los impuestos que hubieran omitido declarar.
Las diferentes alícuotas
● 8% para bienes radicados en el exterior (incluyendo divisas) que no se transfieran al país.
● 6% para bienes radicados en el país y tenencia de moneda local o extranjera, que no sea utilizada. 3% para los fondos que se destinen a la compra de títulos públicos (si se transfiere antes de los 24 meses, se le adicionará un 5%).
● 1% para los fondos que se destinen a compra en el país de viviendas nuevas, finalización de obras en curso, financiamiento de obras de infraestructura, inversiones inmobiliarias, agríclola-ganaderas.
● Además, las transferencias quedarán eximidas del Impuesto sobre Créditos y Débitos Bancarios (impuesto al cheque).
Resta definir si en la declaración del inmueble el propietario deberá pagar 8% del activo declarado (como los capitales que se traen del exterior para ser destinados a inversión), o si se aplicará una alícuota será menor, ya que deberán cancelar la multa con recursos adicionales para evitar la venta del inmueble.
El Gobierno ha adoptado acciones concretas para atraer y retener dólares en el país (blanqueo de capitales, monitoreo de ahorristas con cuentas abultadas o que compran dólares, abren cajas de seguridad, etc.); pero tanto las grandes empresas, como los pequeños ahorristas, han sacado dólares en el sistema, a un ritmo más acelerado que en la recordada época del 2001.
Más allá de las implicancias políticas y sociales (posible ingreso de fondos provenientes del narcotráfico), lo cierto es que la nueva ley de blanqueo (26.476) que resta reglamentarse, incluirá a los bienes inmuebles no declarados. La nueva ley permitirá normalizar la situación tributaria respecto a la tenencia de moneda nacional o extranjera, divisas y demás bienes en nuestro país o en el exterior.
Cómo blanquear
Habrá que declarar los $ en bancos, financieras (y otras comprendidas por la ley) dentro de los 90 días. En el mismo plazo se deberá realizar la transferencia a la entidad financiera, donde los fondos deberán permanecer al menos 2 años, salvo que se destinen a inversiones nacionales.
Beneficios impositivos
Los que ‘exterioricen’ no estarán obligados a declarar la fecha de compra de los bienes. Tampoco estarán sujetos al tratamiento que la ley otorga a los incrementos patrimoniales no justificados.Con la nueva ley quedarán liberados de toda acción civil, penal, administrativa y profesional que pudiere corresponder a los responsables; y quedan eximidos del pago de los impuestos que hubieran omitido declarar.
Las diferentes alícuotas
● 8% para bienes radicados en el exterior (incluyendo divisas) que no se transfieran al país.
● 6% para bienes radicados en el país y tenencia de moneda local o extranjera, que no sea utilizada. 3% para los fondos que se destinen a la compra de títulos públicos (si se transfiere antes de los 24 meses, se le adicionará un 5%).
● 1% para los fondos que se destinen a compra en el país de viviendas nuevas, finalización de obras en curso, financiamiento de obras de infraestructura, inversiones inmobiliarias, agríclola-ganaderas.
● Además, las transferencias quedarán eximidas del Impuesto sobre Créditos y Débitos Bancarios (impuesto al cheque).
Resta definir si en la declaración del inmueble el propietario deberá pagar 8% del activo declarado (como los capitales que se traen del exterior para ser destinados a inversión), o si se aplicará una alícuota será menor, ya que deberán cancelar la multa con recursos adicionales para evitar la venta del inmueble.
8 de enero de 2009
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Cámara Argentina de la Construcción
Pide que la ANSES financie la construcción


Las autoridades de la Cámara Argentina de la Construcción (CAC) comentaron en diversos medios, que están reclamando al Gobierno Nacional, ponga en marcha un sistema de préstamos para financiar la compra de viviendas con fondos de la ANSES. El presidente de la CAC Carlos Wagner, pidió ‘un plan de créditos oficial como el de los autos’. Wagner propuso que la ANSES invierta en créditos hipotecarios para aquellas familias que quieren acceder a su primera vivienda.
Perspectivas para el 2009, según Carlos Wagner
● El sector de la construcción va a aportar en 2009 2 puntos adicionales del PBI.
● Que el sector reclutará 100.000 nuevos empleos en el 1er semestre
●’Los fideicomisos al costo ahora están decayendo por falta de inversores, pero seguirán siendo una oferta interesante’.
● Espera que la suba de los costos en la construcción sea de un dígito, porque los aumentos de salarios serán menores y la construcción tiene un fuerte componente de mano de obra.
● Respecto a la nueva ley de ART, Wagner sostiene que ‘la construcción es una actividad de relativo riesgo, tenemos más accidentes que la industria en ámbitos cerrados’, además afirma que ‘hay que cerrar la doble vía de reclamo a la ART y a la Justicia, y que se cierre el listado de enfermedades laborales a cubrir con el seguro’.